LÍNEA DE CRÉDITO AGRO PREFERENTE

Montos

Monto Mínimo: $20,000.00

Monto Máximo: 3% del capital neto de la sociedad; determinado para cada socio en base a la capacidad económica que demuestre el acreditado.

Plazos

 De acuerdo al ciclo productivo de cada actividad agropecuaria.

La tasa de interés será en función a la calificación del BC SCORE y el historial interno del socio:

Tasa de interés ordinaria más I.V.A.

Tasa de interés moratoria del 36.00% anual mas I.V.A.

GENERALES

  • Identificación oficial vigente.
  • Comprobante de domicilio vigente(no mayor a 3 meses)
  • Comprobante de ingresos o actividad. 
  • CURP y RFC
  • Acreditar documentalmente la propiedad o tenencia de la superficie donde se realizará la explotación.
  • No estar avalando socios con morosidad.
  • Reporte de buró de crédito de acuerdo a las disposiciones vigentes.
  • Declaración de parentesco con algún socio.
  • Acta de matrimonio (En su caso).
  • Solicitud elaborada y debidamente firmada.
  • Contrato de línea de crédito en cuenta corriente.
  • Contrato de mutuo con garantía hipotecaria o prendaria al momento de formalizar la línea de crédito.

TRATANDOSE DE GARANTIAS PRENDARIAS

  • Factura original endosada de la garantía prendaria propuesta.
  • Convenio de garantía prendaria ante Notario Público.
  • Cotización  oficial expedida por agencia o distribuidor oficial
  • Avalúo Comercial practicado por Perito Valuador Certificado, tratándose de créditos con Garantía Prendaria que no cuenten con una cotización oficial respecto de su valor de mercado, con vigencia de 1 año a partir de la fecha de su expedición.

TRATANDOSE DE GARANTIAS HIPOTECARIAS.

  • Recibo predial del año en curso.
  • Copia de escrituras (En créditos con garantía hipotecaria).
  • Certificado de libertad de graven a 20 años, con fecha de expedición no mayor a un mes.
  • Avalúo comercial practicado por Perito Valuador Certificado, con vigencia de 1 año a partir de la fecha de su expedición.
  • Contrato de mutuo de garantía hipotecaría 

PROTECCIÓN

La Cooperativa ofrece un servicio de protección, para en caso de fallecimiento del acreditado, de acuerdo con la póliza de seguro vigente contratada.

RESTRICCIÓN

El servicio de protección aplicará siempre y cuando se encuentre al corriente el crédito